• Directo Crisis del coronavirus
  • Política Los grupos parlamentarios urgen a Pedro Sánchez a presentar una alternativa al estado de alarma

Las discrepancias entre jueces sobre qué derechos se pueden limitar sin el amparo del estado de alarma no se limitan a los 17 tribunales de justicia. También se producen en la Audiencia Nacional, que hace unos días ratificó por la mínima -tres votos contra dos- la imposición de cuarentena a los viajeros procedentes de ciertos países.

La Sala de lo Contencioso recibió para su examen una orden del Ministerio de Sanidad que imponía 10 días de aislamiento a quienes llegaban de Brasil, Sudáfrica, Colombia y otros países con variantes del coronavirus especialmente preocupantes.

Puesto que suponía un recorte de derechos fundamentales -la libre circulación de españoles por territorio nacional-, requería el visto bueno de la justicia. En este caso de la Audiencia Nacional, porque afectaba a toda España.

Sanidad dictó la orden basándose en la Ley Orgánica de Medidas Especiales de Salud Pública, promulgada en 1986. Tres de los magistrados de la Sección Octava consideraron que su redacción amparaba la limitación de movimientos. Otros dos emitieron un voto particular en el que sostenían lo contrario.

Un voto particular

"Discrepo totalmente de las afirmaciones contenidas en el fundamento jurídico tercero del auto, según las cuales la medida en cuestión tiene cobertura constitucional y legal suficiente", dice el voto particular suscrito por Santiago Soldevila, al que se suma Ana Isabel Gómez García.

El voto considera que la ley esgrimida, dictada hace más de 30 años, de apenas cuatro artículos y sin exposición de motivos, "se dictó, como evidencia la lectura de los trabajos parlamentarios, para atender una realidad muy distinta a la provocada por la pandemia de la Covid-19".

Y estima que la redacción es demasiado vaga como para dar amparo a una limitación de derechos fundamentales tan amplia -a todos los viajeros- como la propuesta por Sanidad.

Los dos magistrados discrepantes consideran que la orden de Sanidad contiene "una regulación precisa, completa y detallada de las medidas a tomar, invadiendo el espacio constitucionalmente reservado a una ley orgánica". Una ley que en estos momentos no existe.

Agentes de la Policía Nacional realizan un control en el paso fronterizo de Irún (Guipúzcoa).EFE

"La Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública es la única ley orgánica existente sobre esta materia sanitaria, por lo que, en mi opinión, no cabe duda de la falta de cobertura".

Necesaria "una modificación"

El voto se cierra con el epígrafe: "La declaración del estado de alarma como opción alternativa".

"A pesar de la falta de regulación legal adecuada sobre la materia, no cabe duda de que, ante una situación de emergencia como la pandemia que padecemos, especialmente agudizada como sobradamente acredita la precisa documentación que se acompaña, nuestra Constitución regula mecanismos jurídicos de reacción inmediatos y eficaces".

Ese mecanismo es la ley que regula los estados de alarma, excepción y sitio si ofrece "cobertura jurídica suficiente" para imponer las cuarentenas a viajeros.

Eso sí, el decreto de estado de alarma vigente que decaerá en mayo no prevé medidas como las cuarentenas a los viajeros. Por tanto, sería necesaria "una modificación" del real decreto que un nuevo decreto de estado de alarma incluyera esa limitación de derechos de forma expresa.

Conforme a los criterios deThe Trust Project

Saber más

  • Audiencia Nacional
  • Coronavirus
  • Covid 19
  • Estado de alarma
  • Justicia

InteriorBofetón judicial a Marlaska: le ordena restituir al coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos

JusticiaLa Audiencia Nacional 'trocea' un macrojuicio por primera vez para sortear el coronavirus

PolíticaLas autonomías estallan contra la falta de "cogobernanza" y exigen un plan jurídico exprés para el 9 de mayo

Ver enlaces de interés

  • Calendario laboral
  • Portada EL MUNDO hoy
  • PSG - Bayern, en directo
  • Chelsea - Oporto, en directo
  • Real Madrid - Lenovo Tenerife